JEP condenó a 20 años de prisión al coronel (r) Publio Hernán Mejía por 'falsos positivos'

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) condenó a 20 años de prisión al coronel (r) Publio Hernán Mejía por su responsabilidad en 72 casos de ejecuciones extrajudiciales, conocidas como falsos positivos, ocurridas durante su comandancia del Batallón La Popa en Valledupar (Cesar). La decisión marcaría la primera sentencia de la justicia transicional emitida a través de un 'juicio adversarial' (donde dos partes opuestas, fiscal y defensa, presentan 'sus mejores argumentos y pruebas' ante un juez o jurado imparcial para que este determine la verdad). En el fallo, la JEP declaró a Mejía penalmente responsable del delito de 'homicidio en persona protegida', conforme al artículo 135 del Código Penal, así como de 'crimen de guerra de homicidio', de acuerdo con el Estatuto de Roma.

El tribunal impuso una sanción ordinaria de 20 años de privación efectiva de la libertad y negó de manera expresa cualquier beneficio como la suspensión condicional de la pena, la prisión domiciliaria o sanciones alternativas, al considerarlas improcedentes. Los hechos analizados corresponden a un patrón de 'macrovictimización' que, según la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, 'constituyó un ataque sistemático y generalizado contra la población civil'. Entre las víctimas se encontraban jóvenes desempleados de bajos recursos, integrantes de comunidades indígenas y campesinos del norte de Cesar y el sur de La Guajira. De acuerdo con la sentencia, para la ejecución de estos crímenes algunos miembros del Ejército se habrían articulado con el frente Mártires de Cesar o Mártires del Cacique de Upar de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), comandado por David Hernández Rojas, alias 39.

Las víctimas 'eran retenidas y asesinadas' por este grupo armado ilegal, cuyos cuerpos posteriormente habrían sido entregados a la unidad militar dirigida por Mejía. Según la JEP, tras recibir los cuerpos, y en algunos casos a personas entregadas con vida, 'se simulaban' combates para presentar a las víctimas como bajas en operaciones militares. Estas acciones 'permitieron inflar' resultados operacionales y 'encubrir' las ejecuciones extrajudiciales cometidas durante el periodo investigado. Finalmente, la JEP ordenó expedir la orden de captura contra el coronel en retiro, la cual solo podrá hacerse efectiva cuando la sentencia quede en firme. Mientras tanto, Mejía continuará sometido al régimen de condicionalidad de la jurisdicción, debería cumplir las obligaciones adquiridas al momento de su sometimiento y no podría salir del país sin autorización previa de la JEP. El reporte está en desarrollo.

Vía: W Radio • Revista Semana

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